El Gobierno ha eliminado la obligación de que la persona que dirija la Dirección General del Tesoro y Política Financiera sea funcionaria de carrera del subgrupo A1.
La excepción amplía el abanico de candidatos para uno de los puestos técnicos más sensibles del Ministerio de Economía, responsable de la deuda pública, la tesorería del Estado y buena parte de la regulación financiera.
Qué ha cambiado
La regla general establece que los directores generales de la Administración del Estado deben ser nombrados entre funcionarios de carrera del subgrupo A1.
La ley permite excepciones cuando las características específicas del puesto estén justificadas en el correspondiente real decreto de estructura.
El Real Decreto 644/2026 incorpora ahora a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a la lista de órganos cuyos titulares no necesitan reunir obligatoriamente esa condición.
La modificación está en vigor desde el 29 de julio de 2026.
No afecta a todos los empleados del Tesoro
La reforma no cambia los requisitos para acceder a los cuerpos de funcionarios ni abre las plazas ordinarias del Tesoro a personas sin oposición.
Afecta únicamente a la persona que ocupe la Dirección General.
Los funcionarios A1 podrán seguir siendo candidatos. Lo que desaparece es su exclusividad para acceder al cargo.
El cambio no abre toda la casa. Cambia quién puede ocupar el despacho principal.
Qué perfiles podrán ser nombrados
El real decreto justifica la excepción por la elevada especialización técnica de la Dirección General.
El Gobierno señala expresamente que podrán valorarse otros empleados públicos con capacidad y experiencia acreditadas, especialmente quienes procedan de autoridades supervisoras.
Eso podría incluir perfiles con experiencia en organismos vinculados a la supervisión financiera y los mercados.
La norma, sin embargo, no reserva el cargo únicamente a esos empleados públicos. Al eliminar el requisito de ser funcionario A1, permite considerar otros perfiles profesionales siempre que cumplan las condiciones exigidas para ejercer como alto cargo.
Qué controla esta Dirección General
La persona nombrada tendrá competencias sobre materias con un peso considerable en las cuentas y en la política económica del Estado.
Entre ellas se encuentran:
• La gestión de la deuda pública.
• La tesorería del Estado.
• La regulación de entidades financieras, de crédito y de pago.
• La protección de los usuarios de servicios financieros.
• Los mercados de valores y los instrumentos financieros.
• Las finanzas sostenibles y la digitalización financiera.
• La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
También mantiene relaciones con inversores institucionales, autoridades supervisoras y entidades reguladas nacionales e internacionales.
No es un cargo ceremonial. Sus decisiones se mueven donde el dinero público se cruza con los mercados.
Qué requisitos se mantienen
La excepción no permite nombrar a cualquier persona sin controles.
Quien ocupe la Dirección General deberá cumplir los requisitos de idoneidad establecidos en la normativa de altos cargos.
Eso incluye acreditar honorabilidad, formación y experiencia adecuadas para las funciones del puesto, además de quedar sometido al régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses.
El nombramiento seguirá realizándose mediante real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del departamento competente.
Por qué lo justifica el Gobierno
El Ejecutivo sostiene que las funciones del Tesoro requieren un conocimiento transversal del sistema financiero y experiencia práctica en áreas de gran complejidad.
También recuerda que anteriormente ya han ocupado responsabilidades similares personas procedentes de autoridades supervisoras.
Según el real decreto, ampliar los perfiles disponibles permite profesionalizar la parte más alta de la Administración y buscar experiencia especializada fuera del circuito funcionarial A1.
La otra lectura es igualmente evidente: la excepción concede al Gobierno un margen mayor para elegir al titular.
La lectura de fondo
La reforma no privatiza el Tesoro ni elimina a los funcionarios A1 de la carrera por el puesto.
Hace algo más concreto: permite nombrar como director general a una persona que no pertenezca a ese subgrupo funcionarial.
El Gobierno gana flexibilidad para buscar experiencia financiera especializada. La reserva funcionarial pierde una silla importante.
Y en una Dirección General que gestiona deuda, tesorería y regulación, cambiar quién puede sentarse en esa silla no es un detalle administrativo.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
