El Ministerio de Cultura ha tenido que mover ficha después de un auto judicial. Resultado: se abre un plazo extraordinario para que ciertas licenciaturas de Bellas Artes puedan entrar en la oposición de Conservación y Restauración.
No es una reapertura general. No es una segunda oportunidad para todo el mundo. Es una corrección muy concreta para quienes tenían una titulación que podía quedar fuera por cómo estaba escrita la convocatoria.
Y en una oposición, una frase sobre titulaciones puede pesar más que diez páginas de temario.
Qué ha pasado
El Ministerio de Cultura ha publicado una resolución para cumplir un auto del Tribunal de Instancia de Madrid en el proceso selectivo de personal laboral fijo del grupo M2 de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
La convocatoria original se publicó en el BOE el 9 de julio. El problema estaba en la titulación exigida para 31 plazas, las comprendidas entre los números de orden 25 y 55.
Según el auto, determinadas personas con licenciaturas de Bellas Artes no pueden quedar provisionalmente fuera solo porque la convocatoria mencionara la diplomatura o el grado en Conservación y Restauración.
Traducido al idioma humano: el filtro de entrada se había cerrado demasiado. Y el juzgado ha obligado a abrir una rendija.
La clave del lío
La medida judicial suspende de forma cautelarísima la eficacia de la convocatoria en un punto muy concreto: la titulación exigida para esas 31 plazas M2.
La suspensión afecta a quienes tengan una de estas dos titulaciones: Licenciatura en Bellas Artes con especialidad en Conservación y Restauración de Bienes Culturales o Licenciatura en Bellas Artes con itinerario curricular en Conservación-Restauración de Bienes Culturales.
Ojo con el matiz: el juzgado no está diciendo que esas personas ya tengan plaza ni que el pleito esté resuelto. Dice que no pueden ser excluidas provisionalmente del proceso solo por tener esas licenciaturas y no la diplomatura o el grado citados en la convocatoria.
El papel no se cae. Pero el filtro automático sí se tambalea.
A quién afecta de verdad
La resolución abre un nuevo plazo extraordinario de 20 días hábiles para presentar solicitudes.
Ese plazo es solo para quienes encajen en esos dos supuestos de titulación. Las solicitudes ya presentadas por aspirantes que acrediten esas licenciaturas siguen siendo válidas.
Y el resto de personas que ya presentaron su instancia en plazo no tiene que volver a hacer nada.
Aquí no hay barra libre: hay una corrección quirúrgica para un grupo muy concreto.
La letra pequeña
Quien quiera aprovechar este plazo extraordinario tendrá que presentar el modelo oficial 790 por vía electrónica.
En el recuadro 26, “Otros títulos”, habrá que consignar exclusivamente una de las dos titulaciones reconocidas por el auto.
La resolución también deja claro que esto no afecta al normal desarrollo del proceso selectivo. La oposición sigue su curso, pero con una puerta abierta para quienes podían haberse quedado fuera por una cuestión de nomenclatura académica.
La lectura de fondo
Este episodio deja una idea bastante clara: en empleo público, una convocatoria mal afinada puede acabar en el juzgado antes de que nadie llegue al examen.
Para los opositores afectados, la consecuencia es directa: tienen una ventana extraordinaria para entrar provisionalmente en el proceso.
Para la Administración, la lectura es algo más incómoda: si el requisito está mal cerrado, luego toca abrirlo con prisas y con auto judicial de por medio.
Y para cualquiera que prepare oposiciones, la lección es sencilla: a veces no te juegas el futuro en el examen, sino en una línea aparentemente aburrida sobre titulaciones.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
