Una sentencia ha obligado a corregir la situación de un maestro de Educación Física que había participado en las oposiciones docentes de Madrid de 2022.
El Ministerio de Educación reconoce ahora a David Ardanaz Pérez como funcionario de carrera con efectos desde el 1 de septiembre de 2023, aunque posteriormente ya había conseguido plaza mediante otro proceso selectivo.
Qué ha pasado
El caso procede de las oposiciones al Cuerpo de Maestros convocadas por la Comunidad de Madrid en febrero de 2022.
David Ardanaz Pérez recurrió su situación y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó su reclamación mediante una sentencia dictada el 9 de marzo de 2026.
Como consecuencia, la Comunidad de Madrid lo incorporó al listado definitivo de personas seleccionadas en la especialidad de Educación Física.
Ahora el Ministerio formaliza el último paso: retrotraer su nombramiento como funcionario de carrera a la fecha que le habría correspondido en aquel proceso.
La clave está en la fecha
Los efectos se fijan en el 1 de septiembre de 2023.
Es la misma fecha utilizada para el nombramiento de los demás funcionarios de carrera que superaron aquel procedimiento selectivo.
La resolución no se limita, por tanto, a reconocerlo desde 2026. Coloca administrativamente su nombramiento en el momento que le habría correspondido si hubiera figurado inicialmente entre los seleccionados.
Ya había conseguido plaza por otra oposición
El caso tiene una peculiaridad.
Antes de que el TSJ resolviera el recurso, Ardanaz Pérez volvió a presentarse a otro procedimiento selectivo para el Cuerpo de Maestros, convocado en 2024.
Superó ese proceso y fue nombrado funcionario de carrera mediante una orden publicada en 2025.
Por eso, la resolución actual no sirve para darle por primera vez la condición de funcionario.
Lo que hace es reconocer que esa condición debe contar desde dos años antes, por el proceso selectivo anterior.
A quién afecta
La resolución afecta directamente a este docente.
No modifica las bases de las oposiciones de Madrid, no cambia el sistema de valoración de méritos y tampoco ordena revisar de forma general las listas de aprobados.
Su interés está en mostrar qué puede ocurrir cuando un recurso judicial contra un proceso selectivo termina resolviéndose después de que el aspirante haya seguido participando en otras convocatorias.
Qué no dice la orden
La resolución reconoce los efectos retroactivos del nombramiento, pero no calcula posibles atrasos económicos ni detalla todas las consecuencias sobre antigüedad, carrera administrativa o derechos profesionales.
Por tanto, no puede darse por hecho a partir de esta orden qué cantidades concretas tendría derecho a percibir.
La lectura de fondo
El proceso empezó con unas oposiciones convocadas en 2022, produjo efectos en 2023 y todavía necesitó una sentencia en 2026 para cerrar correctamente la situación de uno de sus aspirantes.
Entre medias, el afectado incluso consiguió plaza por otra convocatoria.
La sentencia no cambia las oposiciones de Madrid para todos. Pero sí consigue que, para este maestro, su condición de funcionario cuente desde donde judicialmente se ha determinado que debía contar: septiembre de 2023.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
