Si tienes un terreno o algún derecho afectado cerca del tramo ferroviario entre Chamartín y Pinar de las Rozas, conviene mirar el BOE con calma. ADIF ha publicado la relación de bienes afectados y el plazo para revisar, alegar o corregir errores es de 15 días hábiles.
Qué ha pasado ahora
ADIF ha publicado un anuncio en el BOE relacionado con las obras de renovación de vía y línea aérea de contacto entre las estaciones de Chamartín y Pinar de las Rozas, en Madrid.
Para ejecutar esas obras necesita ocupar terrenos y afectar determinados bienes y derechos. Traducido: entra en juego el trámite de expropiación.
Y aquí está lo importante: los titulares afectados tienen 15 días hábiles desde la publicación del anuncio para revisar la relación de bienes y derechos afectados y presentar alegaciones si algo no cuadra.
No es solo un papel más. Si tu finca, parcela o derecho aparece en la lista, puede haber expropiación, ocupación temporal o servidumbre. Y si hay errores en metros, titularidad o tipo de afección, este es el momento de decirlo.
Dónde puedes mirar lo que te quieren tocar
Si eres de Madrid o tienes algún terreno por la zona, la documentación se puede consultar en varios sitios:
- Delegación del Gobierno en Madrid, calle Miguel Ángel, 25.
- Subdirección de Proyectos de Superestructura de ADIF, calle Titán 4-6, 10.ª planta.
- Tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
- Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, Plaza Mayor, 1.
- Web de ADIF, en la sección de Información Pública del Portal de Transparencia.
La clave es revisar si tu nombre, tu finca o algún derecho relacionado contigo aparece en la relación de bienes afectados. Porque en estos expedientes lo importante suele estar en el anexo, no en el titular bonito del anuncio.
¿Y si quieres alegar? Aquí empieza el papeleo
Para presentar alegaciones hay que dirigirse a la Subdirección de Proyectos de Superestructura de ADIF, en la calle Titán 4-6, 10.ª planta, en Madrid.
El escrito debe identificar claramente que se refiere a la información pública de la declaración de la necesidad de ocupación del proyecto de construcción de renovación de vía y LAC entre Chamartín y Pinar de las Rozas.
También se pueden presentar alegaciones por vía electrónica, a través del Registro Electrónico General del Estado o de la sede electrónica de ADIF.
Aquí no conviene improvisar. Si alegas, mejor dejar claro qué se discute: superficie afectada, titularidad, tipo de ocupación, servidumbre, errores en la finca o cualquier dato que no coincida con la realidad.
La lista de afectados: metros, derechos y nombres conocidos
La relación de bienes y derechos afectados mezcla parcelas, ocupaciones temporales, servidumbres y expropiaciones. Hay administraciones públicas, entidades y particulares.
Entre los afectados aparecen el Ayuntamiento de Madrid, el Ministerio de Transportes, Patrimonio Nacional, fundaciones y titulares privados. Algunas afecciones son pequeñas y otras superan varios miles de metros cuadrados.
Por ejemplo, figuran ocupaciones temporales de más de 3.500 m² vinculadas al Ayuntamiento de Madrid y más de 4.000 m² relacionados con el Ministerio de Transportes en la zona de la M-40.
La lista puede parecer un bloque técnico de referencias catastrales y metros, pero para quien esté dentro no es ninguna tontería. Puede cambiar el uso de una parcela, limitar derechos o afectar a terrenos durante las obras.
Porque luego vienen las prisas
Este tipo de anuncios tienen un problema evidente: el plazo corre rápido y la información no siempre llega de forma cómoda al afectado.
Por eso, si tienes terrenos, derechos o intereses en la zona entre Chamartín y Pinar de las Rozas, toca revisar la documentación cuanto antes. No para entrar en pánico, sino para comprobar si los datos están bien y si merece la pena alegar.
La idea importante es sencilla: una expropiación no empieza cuando ves una máquina trabajando cerca. Empieza mucho antes, en una relación de bienes afectados publicada en un expediente. Y si el plazo de 15 días hábiles pasa sin que digas nada, luego discutir el papel puede ser bastante más difícil.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
