El BOE pone las condiciones finales a las ayudas por combustible para el transporte ferroviario de mercancías. No se abre ahora una convocatoria nueva: las empresas que ya solicitaron las ayudas tendrán que demostrar su sobrecoste, respetar un límite del 70% y presentar una declaración responsable antes del 28 de febrero de 2027.
Qué ha pasado
Transportes ha publicado la orden que adapta al régimen europeo las dos líneas de ayudas aprobadas este año para empresas ferroviarias de mercancías afectadas por la subida del combustible.
La primera se aprobó en abril y la segunda en junio.
Ambas establecieron una ayuda de 15.000 euros por cada locomotora diésel que cumpliera los requisitos.
La segunda línea nació, además, como adicional y complementaria de la primera.
La Comisión Europea declaró compatibles estas ayudas con el mercado interior el 28 de julio. Ahora Transportes concreta las condiciones necesarias para aplicar ese marco europeo.
La clave: el dinero no puede superar el 70% del sobrecoste
Aquí está el límite que manda sobre todo lo demás.
Las ayudas recibidas no pueden superar el 70% del sobrecoste de combustible efectivamente soportado por la empresa.
No basta, por tanto, con multiplicar automáticamente 15.000 euros por cada locomotora y olvidarse de la factura real.
Transportes comparará las ayudas percibidas con el incremento efectivo del coste del combustible.
Y si una empresa termina sobrecompensada, tendrá que devolver el exceso junto con los intereses correspondientes.
Dos ayudas pueden convivir, pero el límite también se acumula
Las dos líneas ferroviarias de 2026 son compatibles entre sí.
Eso significa que una empresa que cumpliera los requisitos de ambas podía participar en los dos mecanismos.
Pero el límite europeo no se mira por separado haciendo borrón y cuenta nueva.
Cuando una empresa haya recibido varias ayudas sometidas al mismo régimen, se tendrán en cuenta conjuntamente tanto los costes adicionales como las cantidades percibidas para comprobar que no se supera el 70%.
El BOE permite acumular.
Lo que no permite es cobrar dos veces el mismo sobrecoste.
El trámite que no se puede olvidar: 28 de febrero de 2027
Las empresas beneficiarias deberán presentar una declaración responsable antes del 28 de febrero de 2027.
En ella comunicarán el consumo real de combustible de las locomotoras afectadas y declararán que la suma de las ayudas no supera el límite permitido.
La documentación deberá referirse a un periodo mínimo de tres meses dentro del marco establecido por la norma.
Para calcular el sobrecoste pueden computarse suministros desde el 1 de marzo de 2026 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2026.
Y hay una letra pequeña especialmente fácil de pasar por alto.
Si una empresa es beneficiaria de las dos líneas de ayudas, debe presentar la declaración responsable correspondiente a cada una.
Haber presentado una no sirve para cubrir automáticamente la otra.
Si no se presenta dentro del plazo, la ayuda correspondiente será denegada.
No se abre ahora una nueva convocatoria
Este punto merece quedar claro.
La orden publicada ahora no ofrece hasta febrero un nuevo plazo para pedir los 15.000 euros por locomotora.
Las solicitudes de las ayudas se tramitaron dentro de los plazos previstos por los reales decretos que las crearon.
La primera línea concedía 30 días desde su entrada en vigor en abril.
La segunda volvió a abrir su propio plazo de 30 días desde el 1 de julio.
Lo que llega ahora es la fase de acreditar, comprobar y ajustar esas ayudas a las condiciones que exige la Unión Europea.
Quién puede quedarse fuera
La orden también concreta varias exclusiones.
No podrán beneficiarse las empresas que tengan pendiente devolver una ayuda anterior declarada ilegal e incompatible por la Comisión Europea.
Las grandes y medianas empresas que ya estuvieran en situación de crisis antes del 28 de febrero de 2026 tampoco pueden percibirlas.
Para microempresas y pequeñas empresas existe un tratamiento algo más flexible, aunque condicionado a que no estuvieran en determinados procedimientos concursales ni arrastraran ayudas de salvamento o reestructuración incompatibles con los requisitos europeos.
Todo esto deberá acreditarse mediante declaración responsable.
Diez años guardando los papeles
La obligación documental tampoco termina cuando llegue el ingreso.
Las empresas deberán conservar durante diez años desde la concesión la documentación que acredite el consumo de combustible, el sobrecoste soportado y el cumplimiento de las condiciones.
Transportes hará además comprobaciones posteriores sobre una muestra de beneficiarios.
Si los datos declarados no coinciden con el consumo o el sobrecoste real, podrá recuperar las cantidades cobradas indebidamente con sus correspondientes intereses.
Diez años es tiempo suficiente para olvidar dónde estaba una factura.
El BOE recomienda, en esencia, no hacerlo.
Cuánto dinero mueve el programa
La primera línea aprobó créditos extraordinarios por 3,15 millones de euros: 800.000 para Renfe Mercancías, 150.000 para Euskotren y 2,2 millones para otras empresas ferroviarias.
La segunda añadió otros 3 millones de euros, con 800.000 para Renfe Mercancías y 2,2 millones para el resto de empresas ferroviarias contempladas.
No significa que todo ese dinero se pague automáticamente.
La cuantía efectiva queda sometida a los requisitos de cada línea y, ahora, también al límite del 70% del sobrecoste real.
Lo importante ahora
La ayuda no nace hoy.
Lo que hace el BOE es ponerle las reglas finales después del visto bueno europeo.
Para las empresas que ya entraron en las líneas de 2026, la fecha que importa ahora es otra:
28 de febrero de 2027.
Antes de ese día deberán presentar las declaraciones responsables correspondientes y poder demostrar que las ayudas recibidas no superan el 70% del sobrecoste real del combustible.
Porque los 15.000 euros por locomotora tienen una letra pequeña bastante sencilla de resumir:
el Estado ayuda con el combustible, pero después quiere ver las facturas.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
