La lista era definitiva hasta que dejó de serlo. Justicia publicó el 7 de septiembre los excluidos de Tramitación Procesal y, una semana después, ha tenido que sustituir entero el anexo II corregido. El examen es el 3 de octubre, así que quien estaba fuera tiene motivos para volver a mirar.
Qué ha pasado
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha publicado una rectificación de la Orden PJC/937/2026, de 28 de agosto.
El motivo, dicho sin adornos, es que había errores en el anexo II, el que recoge la relación definitiva de aspirantes excluidos en las pruebas de acceso libre al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
La solución oficial no ha sido corregir una línea suelta: Justicia sustituye el anexo completo y vuelve a publicarlo una vez corregidos los errores.
La clave
Esto importa porque no estamos ante un papel decorativo. En una oposición, la lista definitiva de excluidos marca quién está fuera del proceso y por qué.
Y aquí hay una contradicción bastante fácil de entender: la relación se publicó como definitiva el 7 de septiembre y el 14 de septiembre ha tenido que salir de nuevo corregida.
El BOE no explica caso por caso qué errores se habían cometido ni cuántos aspirantes cambian de situación. Por eso no conviene jugar a adivinar. Lo que sí dice expresamente es que el anexo II anterior queda sustituido por completo.
A quién afecta
Afecta a quienes se presentaron a Tramitación Procesal y Administrativa por acceso libre, convocada por la Orden PJC/1549/2025.
Especialmente, claro, a quien figuraba como excluido. La nueva relación merece una segunda comprobación porque es la que sustituye oficialmente a la publicada una semana antes.
Y hay una fecha que mete presión al asunto: el primer ejercicio está convocado para el 3 de octubre de 2026.
La orden original contempla incluso que quienes no figuren como admitidos y hayan impugnado o pretendan impugnar puedan realizar el ejercicio de forma condicionada en el aula de incidencias correspondiente.
La letra pequeña
La rectificación se ampara en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, que permite corregir errores materiales, de hecho o aritméticos.
Contra la nueva orden cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación.
No significa que se reinicie todo el calendario de la oposición. Significa que esta rectificación tiene sus propios plazos de impugnación.
La lectura de fondo
El detalle que convierte esto en algo más que otra fe de erratas está en una palabra: definitiva.
Justicia cerró oficialmente la relación de excluidos y una semana después ha tenido que volver al BOE para sustituirla entera, con el examen ya fijado para el 3 de octubre.
En oposiciones, una lista mal publicada no es una anécdota de imprenta. Si estabas fuera, la diferencia entre una versión y otra puede ser exactamente la razón por la que merece la pena volver a mirar tu nombre.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
