El BOE ha publicado el convenio colectivo de los pilotos de Eurowings Europe Ltd. en España.
No es una nota decorativa.
El texto fija a quién se aplica, desde cuándo cuenta y qué reglas mandan sobre contratos, aptitud médica, licencias, jornada, jubilación y relevo generacional.
Traducido al idioma humano: si eres piloto de Eurowings con puesto de trabajo en España, esta es la letra pequeña que ordena la relación laboral.
Qué ha pasado
La Dirección General de Trabajo ha ordenado inscribir y publicar el convenio firmado entre Eurowings Europe Ltd. y la sección sindical de SEPLA en la empresa.
El acuerdo se firmó el 3 de marzo de 2026 y fue corregido mediante un acta de subsanación del 3 de agosto.
El convenio afecta exclusivamente a pilotos contratados por la empresa cuyo lugar de trabajo esté en España.
No es un convenio genérico de aviación.
Es el marco laboral para comandantes y copilotos de Eurowings Europe Ltd. en España.
La clave: vigencia desde 2025
Una de las cosas que más llama la atención es la fecha.
El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027.
Eso no significa que ahora quede todo por pagar hacia atrás.
El propio texto reconoce que los atrasos derivados del incremento salarial retroactivo desde enero de 2025 ya fueron abonados en la nómina de mayo de 2025.
Aun así, la retroactividad importa.
Porque deja claro desde qué momento se ordenan las condiciones pactadas y qué periodo cubre el convenio.
A quién afecta
El convenio se aplica a pilotos con puesto de trabajo en España.
Incluye comandantes y copilotos.
La relación laboral será, con carácter general, a tiempo completo, aunque el texto abre la puerta a una modalidad parcial llamada Wings Pattern 95%.
También exige que el contrato se formalice por escrito y que las modificaciones queden igualmente por escrito.
Nada de “esto ya lo hablamos” si luego toca discutirlo.
En aviación, como en el BOE, lo que no queda escrito suele acabar aterrizando mal.
Aptitud médica y licencias
La parte delicada está en la aptitud para volar.
El convenio regula qué ocurre si un piloto pierde el certificado médico, la licencia o la capacitación necesaria.
Si la pérdida del certificado médico no es permanente, se abre un margen de 18 meses para recuperarlo.
Si no se recupera en ese plazo, podrá considerarse definitiva.
Y ahí la empresa puede acudir a la extinción del contrato por ineptitud, conforme al Estatuto de los Trabajadores.
En un sector así, el papel médico no es un trámite.
Es la puerta de entrada al puesto.
Jubilación forzosa y relevo
El convenio también regula la jubilación forzosa.
La salida se vincula a la edad prevista legalmente y a que la persona afectada cumpla los requisitos para cobrar el 100 % de la pensión ordinaria contributiva.
Pero no es solo salida.
La empresa deberá contratar de forma indefinida y a tiempo completo a una nueva persona trabajadora como medida de relevo generacional.
Es decir: el convenio permite cerrar una etapa, pero exige abrir otra.
La lectura de fondo
Este convenio no hará ruido fuera del sector aéreo, pero ordena condiciones laborales sensibles dentro de una aerolínea conocida.
Pilotos, bases, licencias, aptitud médica, jornada, salario y jubilación no son detalles menores.
Y menos cuando el texto se aplica con vigencia desde 2025 y llega al BOE en 2026.
En lenguaje oficial, es la publicación de un convenio colectivo.
En lenguaje BoeDeBar: Eurowings deja por escrito las reglas para sus pilotos en España, incluidas las partes que nadie mira hasta que un día importan de verdad.
Puedes consultar la fuente oficial aquí:
Boletín Oficial del Estado (BOE)
“Sí, esto está en el BOE de verdad.”
