El BOE publica ahora la excepción que permitió conducir hasta 11 horas durante los desalojos por incendios en Castilla y León

Los incendios de Castilla y León obligaron a mover vecinos a contrarreloj y también llevaron a flexibilizar temporalmente las reglas de conducción de algunos de los autobuses utilizados en los desalojos.

El BOE ha publicado ahora la resolución que permitió llegar hasta 11 horas diarias al volante en determinados servicios de emergencia.

Hay un matiz importante: la excepción ya terminó. Se aplicó entre el 23 y el 31 de julio de 2026.

Qué pasó

La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril autorizó una excepción temporal a las reglas europeas sobre tiempos de conducción y descanso.

La medida estuvo vinculada a los grandes incendios registrados en Castilla y León y a la necesidad de disponer de más vehículos y conductores para desalojar y realojar a vecinos.

No afectó a todos los autobuses de la comunidad.

Solo podían acogerse los conductores requeridos por la Junta de Castilla y León como efectivos adicionales para esos servicios de emergencia.

De 9 a 11 horas diarias

La flexibilización permitió modificar cuatro límites.

• Conducción diaria: de 9 a 11 horas.
• Conducción semanal: de 56 a 60 horas.
• Conducción en dos semanas consecutivas: de 90 a 120 horas.
• Descanso diario mínimo: de 11 a 9 horas.

La normativa europea permite establecer excepciones temporales en situaciones urgentes y excepcionales durante un periodo limitado.

La excepción ya había terminado cuando salió en el BOE

Este es probablemente el detalle más llamativo.

La resolución está fechada el 13 de agosto y se publicó en el BOE el 15 de agosto, pero establece que las excepciones se aplicaron desde las 00:00 del 23 de julio hasta las 23:59 del 31 de julio.

Por tanto, no permite actualmente que los conductores trabajen más horas.

Formaliza la excepción que cubrió aquellos servicios extraordinarios realizados durante la emergencia.

Qué conductores podían utilizarla

Debían haber participado, a requerimiento de la Junta, en operaciones de desalojo y realojo de vecinos afectados por los incendios.

El anexo identifica municipios de Ávila, León, Segovia y Zamora.

Entre ellos aparecen Burgohondo, Cebreros, El Tiemblo, Villafranca del Bierzo, Turégano o Fermoselle.

El listado podía modificarse mediante resoluciones posteriores de la Junta publicadas en el boletín autonómico.

También había obligaciones para las empresas

La flexibilización de horarios no funcionaba automáticamente.

Los operadores que utilizaran la excepción tenían que comunicar a la Junta las matrículas de los vehículos empleados en esos servicios.

Los conductores debían anotar además en sus libros de ruta que estaban realizando tareas de ayuda relacionadas con el desalojo y realojo de personas afectadas por los incendios.

La lectura de fondo

Las reglas sobre horas de conducción y descansos existen por razones laborales y de seguridad vial.

Pero la normativa europea permite relajarlas temporalmente cuando aparece una emergencia excepcional.

Eso fue lo que ocurrió en Castilla y León: durante nueve días, determinados conductores movilizados para evacuar vecinos pudieron trabajar con límites distintos a los habituales.

La excepción ya no está vigente. Lo que acaba de hacer el BOE es dejar por escrito cómo se aplicó durante aquellos días de incendios y evacuaciones.


Puedes consultar la fuente oficial aquí:

Boletín Oficial del Estado (BOE)

“Sí, esto está en el BOE de verdad.”