Navarra impide vender las viviendas protegidas de alquiler al cumplir 21 años

Navarra ha eliminado la posibilidad de que las promociones de vivienda protegida en régimen de alquiler o alquiler asequible puedan pasar a la venta una vez transcurridos 21 años desde su calificación definitiva.

Las viviendas que nacieron para formar parte del parque protegido de alquiler deberán conservar ese destino de forma indefinida, siempre que su periodo de protección siga vigente cuando entre en vigor la reforma.

Qué ha cambiado

La legislación navarra permitía que determinadas viviendas protegidas destinadas al arrendamiento pudieran venderse una vez cumplidos 21 años.

La nueva ley suprime esa posibilidad.

El cambio afecta a promociones calificadas como:

• Vivienda protegida en régimen de arrendamiento.
• Vivienda protegida en régimen de arrendamiento asequible.

No se trata de cualquier vivienda protegida que un propietario particular haya decidido alquilar. La medida afecta al régimen con el que fue calificada originalmente la promoción.

La protección pasa a ser indefinida

Las viviendas afectadas deberán mantenerse dentro del parque de alquiler protegido.

La reforma también se aplica a promociones calificadas antes de la nueva ley, siempre que su periodo de protección todavía no haya terminado.

Hasta ahora, una disposición transitoria limitaba la protección indefinida a determinados expedientes iniciados después de la reforma de 2022.

Esa limitación desaparece.

La fecha en la que se calificó la promoción deja de ser la puerta de salida. Si la protección sigue viva, el alquiler protegido también.

A quién afecta

La medida interesa especialmente a:

• Promotores de vivienda protegida en alquiler.
• Propietarios de promociones completas.
• Entidades financieras y posibles compradores.
• Inquilinos de viviendas protegidas.
• Administraciones responsables del parque asequible.

Para los inquilinos, supone que las viviendas no podrán abandonar el régimen de alquiler al llegar al año 21.

Para los propietarios y promotores, elimina una expectativa de venta que podía formar parte del cálculo económico inicial de algunas promociones.

¿Significa que ninguna vivienda protegida puede venderse?

No.

La reforma se centra en las viviendas calificadas específicamente en régimen de arrendamiento o arrendamiento asequible.

Las viviendas protegidas en propiedad, las sometidas a opción de compra y otros regímenes tienen sus propias reglas de transmisión.

Por eso, antes de vender una vivienda protegida no basta con saber que es una VPO. Hay que revisar cómo fue calificada, cuándo y qué periodo de protección conserva.

Más control sobre viviendas descalificadas

La ley amplía además el derecho de tanteo y retracto de Navarra sobre determinadas viviendas que hayan perdido su protección.

La Administración podrá intervenir cuando concurran estas condiciones:

• La vivienda pertenece a una gran tenedora.
• Está situada en una zona de mercado residencial tensionado.
• La venta se produce dentro de los diez años posteriores al final del régimen de protección.

El tanteo permite a la Administración comprar antes de que se cierre la operación. El retracto permite adquirir después si la transmisión no se comunicó correctamente o se hizo en condiciones distintas.

No afecta a cualquier antigua vivienda protegida ni a cualquier vendedor.

La lectura de fondo

Navarra quiere impedir que el parque de alquiler protegido vaya perdiendo viviendas con el paso del tiempo.

Hasta ahora, algunas promociones podían cambiar al régimen de venta después de 21 años. Esa puerta se cierra para las viviendas cuya protección siga vigente.

El efecto es sencillo de entender: si una promoción nació como alquiler protegido, deberá seguir siendo alquiler protegido.

Para los inquilinos supone más estabilidad del parque disponible. Para propietarios e inversores, una limitación importante sobre el destino futuro del inmueble.

La vivienda deja de tener una fecha automática de salida. La protección, esta vez, no caduca al cumplir los 21.


Puedes consultar la fuente oficial aquí:

Boletín Oficial del Estado (BOE)

“Sí, esto está en el BOE de verdad.”