España en 2026, Presupuestos de 2023: la Seguridad Social ajusta ahora las cotizaciones de la minería del carbón

Como no hay Presupuestos nuevos para 2026, el BOE sigue tirando de la prórroga de 2023. Y eso acaba de aterrizar en un sitio muy concreto: las bases de cotización de la minería del carbón.

La Seguridad Social las fija ahora, pero con efectos desde el 1 de enero. Traducido: el papel llega tarde, la cuenta viene de antes y alguien tendrá que cuadrar diferencias.

La minería del carbón es el caso concreto. El retrato de fondo es más jugoso: un país en 2026 funcionando todavía con Presupuestos de 2023.

Qué ha pasado

La Seguridad Social ha publicado la orden que fija las bases normalizadas de cotización para 2026 en el Régimen Especial de la Minería del Carbón.

Traducido al idioma humano: toca actualizar la referencia que se usa para cotizar en un sector muy concreto, pero con nóminas, cuotas y regularizaciones reales detrás.

El motivo es bastante de manual: al no haberse aprobado los Presupuestos Generales del Estado para 2026, siguen vigentes los de 2023. Y con esa herencia normativa, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha tenido que fijar las bases aplicables este año.

La clave

La orden no inventa una cotización nueva. Lo que hace es poner números concretos a una obligación que ya venía prevista en la ley prorrogada y en el real decreto-ley de febrero de 2026 que actualizó los topes máximos y mínimos de cotización.

El detalle importante es que estas bases tienen efectos desde el 1 de enero de 2026, aunque la orden se publique después.

Es decir: no es solo una foto del presente. También obliga a cuadrar lo que se ha cotizado durante los meses anteriores del año.

Y ahí está la gracia administrativa, si se le puede llamar así: cuando el BOE llega tarde, la cuenta no desaparece. Solo se recalcula después.

A quién afecta

Esto va dirigido a trabajadores y empresas del Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, especialmente en la zona primera, Asturias, que aparece desarrollada en el anexo con las bases diarias normalizadas por categorías profesionales.

No estamos ante una novedad para el gran público ni ante una ayuda que se pueda pedir en ventanilla.

Es una pieza técnica, sí, pero con consecuencia real para quienes cotizan en este régimen: puede cambiar la base sobre la que se calculan las cuotas por contingencias comunes.

Y eso, en la práctica, afecta al dinero que entra y sale cada mes. Sin titulares épicos, pero con factura.

La letra pequeña

La orden deja otra coletilla importante: la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones fijará un plazo especial para ingresar las diferencias que salgan al aplicar las nuevas bases respecto de lo cotizado desde enero hasta el mes anterior a la publicación.

O sea, si durante parte de 2026 se ha cotizado con una referencia distinta, habrá que ajustar cuentas.

No es un drama de primera página, pero sí el típico movimiento que puede generar regularizaciones posteriores. Y esas suelen llegar con menos gracia que el propio BOE.

Además, la norma entra en vigor el día de su publicación, pero con efectos desde el 1 de enero. La combinación clásica: vigor hoy, efectos ayer.

La lectura de fondo

Esta orden recuerda cómo funciona la maquinaria cuando no hay Presupuestos nuevos: se prorroga lo viejo, se parchea lo necesario y se van sacando órdenes para que el sistema siga cotizando sin quedarse colgado.

En este caso, la minería del carbón no aparece por una gran reforma ni por una sorpresa política, sino por la necesidad de poner orden en una cotización muy concreta.

Menos ruido, más ajuste fino. Y, como casi siempre en Seguridad Social, el detalle está en la letra pequeña y en el mes que llega tarde.


Puedes consultar la fuente oficial aquí:

Boletín Oficial del Estado (BOE)

“Sí, esto está en el BOE de verdad.”